Grúa Personas Movilidad Reducida
ARTICULO 287 — La construcción y cuidado de los elevadores y montacargas para el plantel tienen que reunir las máximas condiciones de seguridad, de acuerdo al producto siguiente, no excediéndose en ningún caso las cargas máximas admisibles por el fabricante. Hasta el momento en que dichos equipos no reúnan esas condiciones se impedirá el acceso…